Lorena Cano
Sub coordinadora del Área Legal
He decidido abordar el voto electoral por ser un tema de interés general en estos días en México a la luz de las próximas votaciones del 1 de julio de 2012, donde además de elegir a una nueva persona titular del Poder Ejecutivo Federal, es decir, Presidente, vamos a elegir también a quiénes integrarán las Cámaras de Diputados Federales (500) y Senadores (128). En relación con el fenómeno migratorio, el voto electoral en un principio se vincula a las personas migrantes en tanto se ha reclamado su derecho humano (político) de ejercerlo -el voto- aun cuando las personas nacionales (mexicanas) no residan en el territorio. El voto tiene como finalidad elegir a la persona que le gobernará.
A partir del 20 de marzo de 1998 se permite la doble nacionalidad por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esto permite que personas que normalmente viven en EUA (un alto porcentaje de personas mexicanas migran hacia ese país, poco más del 90%) y han decidido adquirir esa nacionalidad, también pueden conservar la mexicana y en ese sentido, ejercer sus derechos de manera plena (de acuerdo a la legislación vigente, es decir, en resumen: ser mayor de edad, estar en pleno uso y goce de su facultades mentales y no estar privado de libertad).
Algunos tratadistas como Diego Valadés, afirman que este es un derecho que no debiera de otorgarse a las personas mexicanas que residen fuera del país de manera estable ya que esto implica un detrimento a los que si radicamos aquí (se hablaba de contar con votos de reserva en el extranjero para “compensar distorsiones del sufragio”).
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